¿Qué sucedería si te encuentras envuelto en algún accidente de tránsito en el estado de California?
La respuesta dependería de tu status de seguro: si tu vehículo se encuentra asegurado, te encuentras protegido; pero si no posees un seguro en ese momento, una ley conocida como la Proposición 213 puede evitar que los conductores cobren una indemnización por daños y perjuicios incluso cuando el accidente no fue su culpa.
¿Cómo saber si la Proposición 213 puede afectarte? ¿Cuáles son las excepciones? ¿Puedes demandar a pesar de no contar con un seguro?
Hoy aprenderás todo lo necesario con respecto a la Proposición 213, y como la misma podría afectar el desenlace de una posible demanda por daños personalespor accidente de tránsito.
¿Qué es la Proposición 213?
La Proposición 213, también conocida como PROP 213, es una normativa legal que fue aprobada en el año 1996 con la finalidad de limitar los beneficios que podrían obtenerse como consecuencia de daños y perjuicios sufridos durante un accidente de tránsito, en personas y vehículos no asegurados.
Dicha normativa afecta a cualquier tipo de vehículos: buses, camionetas, motos e incluso vans pueden ser objeto de la PROP 213 sino se encuentran apropiadamente cubiertos por un seguro al momento de un accidente de tránsito.
¿En qué consiste la Proposición 213?
La finalidad principal de la Proposición 213es evitar la recolección de cualquier tipo de ganancias o beneficios personales a los que puedan tener derecho las personas involucradas en un accidente de tránsito en el estado de California, sino poseen un seguro vehicular al momento del mismo.
Dicha normativa se enfoca en limitar la colección de beneficios no económicos relacionados con cualquier accidente de tránsito, como lo son: desfiguración física, angustia emocional o estrés, dolor y sufrimiento, inconveniencia e incluso discapacidad física.
Estas limitaciones pueden afectarlo incluso sin ser usted el que ocasionó el accidente, por el hecho de no encontrarse e asegurado.
¿Cómo funciona la PROP 213?
Esta es una forma efectiva de determinar si la Proposición 213 puede afectarte, en caso de sufrir un accidente de tránsito en California:
- Si al momento del accidente el vehículo que manejabas está asegurado, la Proposición 213no te afecta. Tienes derecho a colectar todos los beneficios – económicos y no económicos – como consecuencia del suceso
- Si eras un pasajero dentro del vehículo accidentado, la PROP 213 tampoco aplica en tu caso y, por ende, puedes colectar todos los beneficios
- Sin embargo, si eres el conductor de un vehículo no asegurado que se encuentra involucrado en un accidente, la Proposición 213te afecta directamente – salvo algunas excepciones a las que puedes apelar y de las cuales hablaremos a continuación -.
- Las personas que manejan bajo influencia de alcohol y drogas – también conocido como DUI – pueden no tener derecho a reclamar sus beneficios no económicos relacionados al accidente; indiferentemente si fueron víctimas del mismo
¿Cuáles son las excepciones que posee la Proposición 213?
Hay ocasiones en las cuales los conductores involucrados piensan que los vehículos se encuentran asegurados, o que desconocen la existencia de esta ley.
Para estos casos, puedes apelar a las siguientes excepciones con el fin de colectar los beneficios no económicos relacionados con un accidente de tránsito:
- Si te encontrabas manejando un vehículo de tu empleador, y dicho vehículo no se encontraba asegurado. Esto incluso puede aplicar en caso de que no estuvieses asegurado al momento del accidente.
- Si el accidente en cuestión ocurrió dentro de una propiedad privada.
- Si el dueño del vehículo no poseía un seguro, pero el conductor tenía seguro de vehículos en otro auto. Como conductor, no serías afectado por la Proposición 213
Ten presente que bajo la Proposición 213, cualquier conductor involucrado puede colectar los beneficios económicos relacionados al mismo, como lo son: gastos médicos, salarios perdidos, costos de rehabilitación, futuros gastos médicos y reparación a la propiedad o los vehículos.
La importancia de buscar una asesoría adecuada
Sin importar si no te encontrabas asegurado al momento del accidente, como si no tenías conocimiento de la Proposición 213, aún tienes el derecho de obtener una compensación.
Es por ello que te recomendamos asesorarte con nuestro equipo de profesionales de Abogado de Lesiones Los Angeles, quienes se asegurarán de que puedas recuperarte de este trágico evento.
Debido a la complejidad legal, un Abogado de Accidentes Automovilísticos Los Angeles con experiencia o un Abogado de Los Angeles, es ideal para poder ganar un caso afectado por la PROP 213.
Gracias a su amplia experiencia y sus altos récords de éxito, los Abogados de accidentes de auto en Los Angeles que pertenecen a nuestro equipo harán posible que puedas seguir adelante después de un incidente de tránsito.